miércoles, 12 de noviembre de 2014

Pagaré



Un pagaré es un documento que contiene la promesa incondicional de una persona (denominada suscriptora), de que pagará a una segunda persona (llamada beneficiaria o tenedora), una suma determinada de dinero en un determinado plazo de tiempo. Su nombre surge de la frase con que empieza la declaración de obligaciones: "debo y pagaré". La diferencia entre la letra y el pagaré es que el pagaré es emitido por el mismo que contrae el préstamo.



Las características del pagaré son las siguientes:

1. La denominación de pagaré en el idioma empleado para su redacción.

2. La promesa de pagar una cantidad de dinero.

3. El vencimiento en que se pagará. Si falta el vencimiento se considerará pagadero a la vista.

4. El lugar en que se efectuará el pago, que al tratarse de un pagaré de cuenta corriente será una cuenta abierta en una entidad de crédito.

5. La persona a la que se efectuará el pago o a cuya orden se habrá de efectuar.

6. La fecha y el lugar en que se firme el pagaré.

7. La firma de quien emite el título.





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